Se emite Acuerdo que declara a la región noroeste de Tepic, Nayarit, zona de baja prevalencia de moscas de la fruta de importancia cuarentenaria

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER) es la instancia facultada para declarar zonas de baja prevalencia de plagas que afecten a los vegetales. Y por conducto del Servicio Nacional de Sanidad, Inocuidad y Calidad Agroalimentaria (SENASICA), le corresponde declarar el estatus sanitario y fitosanitario de estados, municipios, zonas y regiones del país.

El pasado viernes 27 de diciembre del presente año, se publicó en el DOF el ACUERDO por el que se declara como zona de baja prevalencia de moscas de la fruta del género Anastrepha de importancia cuarentenaria a los territorios de las comunidades de 14 de Marzo, Cinco de Mayo, Crucero de San Blas, El Jicote y Salazares del Municipio de Tepic en el Estado de Nayarit, lo que permitirá a los productores comercializar sus productos en nuevos mercados y con mejores precios.

En la Norma Oficial Mexicana NOM-023-FITO-1995, Por la que se establece la Campaña Nacional contra Moscas de la Fruta, se definen las especificaciones fitosanitarias que dichas comunidades cumplieron para obtener la declaratoria como zona de baja prevalencia, es decir, “aquella área geográfica determinada que presenta infestaciones de especies de plagas no detectables que, con base en el análisis de riesgo correspondiente, no causan impacto económico”.

Con esta medida se busca impactar positivamente a los productores de aproximadamente 1,070 hectáreas de mango y 230 hectáreas de ciruela, con una producción de 11,400 toneladas, cuyo valor comercial es de aproximadamente 49 millones de pesos.

Fuente original: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5582979&fecha=27/12/2019

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